Las prescripciones es son proporcionales a la gravedad de la penas por lo que hay dos alternativas complementarias: - Endurecer y sistematizar los delitos relacionados con la corrupción bajo un mismo Título en el Código Penal. - El plazo de prescripción debería contemplar la dificultad de que afloren indicios del delito y adecuarse a él. Es decir, que el reloj empiece a contar desde que haya evidencias que se ha cometido un delito, no desde que se cometió.
La lentitud de la justicia y las prescripciones es otra de las razones de la impunidad penal de la corrupción política. En vez de atajar el problema, la reforma de la ley de financiación de partidos estableció la prescripción de 4 años para infracciones muy graves, 2 años para las graves y 1 año para las leves, plazos totalmente insuficientes más aún dado el retraso del Tribunal de Cuentas en supervisar las cuentas de los partidos. http://bit.ly/1pn97d7
Esta propuesta hecha por Marga, complementa y mejora la propuesta inicial. La pegamos aquí para que el seguimiento sea más fácil: https://corrupcion.yrpri.org/ideas/746-suspension-del-plazo-de-prescripcion
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