Institucionalizar mecanismos y procedimientos para que se pueda instuarar de forma efectiva el derecho de recurso establecido en el artículo 8 de la declaración universal de los derechos humanos como una garantía del cumplimiento de los derechos humanos dentro del Estado.
Cada día es más evidente la incapacidad del Estado para garantizar de forma efectiva derechos humanos fundamentales: las personas se ven indefensas y difícilmente encuentran vías institucionales por las que reclamar sus derechos.
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