Los tribunales de cuentas deben remitir sus informes directamente al poder judicial cuando detecten una infracción y no a los parlamentos. No deben estar dirigidos por consejeros nombrados por los partidos ni guardar secreto extrajudicial sobre los descubrimientos ilegales. Sus técnicos deben ser considerado personal de justicia al servicio del aparato judicial y no técnidos de la administración dependientes del aparato político.
Necesitamos organos fiscalizadores independientes del sujeto fiscalizado...
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