Reformar la Ley de Transparencia para recoger un verdadero derecho de acceso a la información como derecho fundamental, de aplicación a todas las entidades públicas del Estado y privadas que ejerzan de autoridad administrativa pública o con fondos públicos. La denegación de información como excepción, limitadas, justificadas y con posibilidad de recurrir. Un organismo que goce de total independencia debería velar por la garantía del derecho de acceso a la información de la ciudadanía.
La aprobación de la ley de transparencia ha sido un ejemplo en sí mismo de falta de transparencia y desprecio a las exigencias de la sociedad civil y de instituciones internacionales como la OSCE. La ley no comple con los mínimos estándares internacionales y ocuparia el puesto 70 de 96 en los rankings internacionales según Access-info. Comunicado Access-Info (2013): http://www.access-info.org/es/espana/486-rti-rating-spanish-law Ranking Leyes http://www.rti-rating.org/country_rating.php
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